Funciones

Funciones

Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres

Nivel Administrativo de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres

1. De la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres depende la Subdirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres, cuyo cometido es la coordinación, gestión y ejecución de las políticas establecidas por la Dirección General sirviéndose de las unidades administrativas que dependen de ella. Igualmente, tiene que ejercer las facultades que le delegue o encomiende expresamente la Dirección General.

2. La Subdirección General se estructura en los siguientes servicios:

2.1. Servicio de Promoción de las Mujeres y por la Igualdad de Género, al cual corresponden las funciones siguientes:

a) Estudiar y proponer programas, medidas y normas en materia de igualdad de hombres y mujeres contra la discriminación por razón de sexo.

b) Coordinar la actuación de los diferentes órganos y entidades de la Generalitat con el fin de promover la plena participación de las mujeres e impulsar la prestación de servicios dirigidos a las mujeres, especialmente aquellas en situación de exclusión social y vulnerabilidad.

c) Fomentar la realización y hacer seguimiento de los convenios y conciertos para la prevención de conductas discriminatorias. En especial, se procurará la atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad social y exclusión.

d) Redactar la convocatoria, proponer la resolución y hacer el seguimiento de las subvenciones y ayudas en el ámbito de sus competencias.

e) Promover, con criterios de igualdad, medidas concretas que favorezcan el acceso de las mujeres a la actividad económica, a las oportunidades de empleo y a la toma de decisiones en el ámbito del desarrollo territorial del medio rural.

f) Realizar y promover estudios sobre la situación de las mujeres en la Comunitat Valenciana en coordinación con la Dirección General del Instituto Valenciano de Investigación, Formación y Calidad de los Servicios Sociales.

g) Fomentar la erradicación de conductas sociales discriminatorias a través de campañas de sensibilización, jornadas y talleres.

h) Formular las propuestas de acciones formativas al órgano responsable de la política de formación del personal al servicio de las diferentes administraciones públicas de la Comunitat Valenciana y otros centros de formación de empleados y empleadas públicas, para fomentar la información, la sensibilización y la formación en igualdad entre mujeres y hombres al personal público.

i) Dar apoyo técnico y consultivo a los diferentes órganos consultivos en materia de mujeres e igualdad de oportunidades que dependen de la Conselleria.

j) Impulsar y gestionar los fondos bibliográficos especializados en mujeres titularidad de la Dirección General.

k) Coadyuvar en la tramitación de denuncias que se formulen ante situaciones de discriminación y abuso contra las mujeres.

l) Impulsar y fomentar la elaboración e implantación de los planes de igualdad en las empresas y otras entidades mediante el asesoramiento y la formación de estas.

m) Hacer el seguimiento y evaluar los planes de igualdad de las empresas que soliciten el visado con el sello Fent Empresa de la Generalitat, y también impulsar y asesorar el tejido empresarial de la Comunitat Valenciana en la elaboración e implantación de estos planes.

n) Orientar y asesorar a mujeres, grupos de mujeres, entidades y empresas, en aquellas materias que posibiliten la incorporación de las mujeres a todos los ámbitos de la vida en condiciones no discriminatorias y en favor de la igualdad de oportunidades.

o) Disponer y organizar la recogida de datos estadísticos, especialmente los datos sobre la demanda de servicios y recursos disponibles.

p) Elaborar, emitir informes y proponer disposiciones, resoluciones, circulares e instrucciones en asuntos de su competencia.

q) Coordinar, técnicamente y funcionalmente, las actuaciones de las direcciones territoriales en materias de su competencia.

r) Diseñar, hacer seguimiento y evaluar la Red Valenciana de Igualdad, en colaboración con la Dirección General de Atención Primaria y Autonomía Personal y la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, para la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas municipales, el asesoramiento y la sensibilización de las mujeres, la prevención de la violencia de género e información a empresas y entidades en la elaboración e implementación de planes de igualdad dentro de sus organizaciones laborales, así como la elaboración de los correspondientes informes técnicos para la obtención del visado.

s) Fomentar la información, la sensibilización y la formación en igualdad entre mujeres y hombres al personal de la Generalitat, sin perjuicio de las competencias que tenga atribuidas en materia de formación la dirección general competente en materia de función pública.

t) Las otras que, en el marco de su ámbito funcional, le encomiende la Dirección General.

2.2. Servicio de Prevención de la Violencia de Género y Atención a las Víctimas, al cual corresponden las funciones siguientes:

a) Estudiar y proponer programas, medidas y normas que tengan por objeto la eliminación de la violencia sobre las mujeres y la atención a las víctimas de violencia de género y machista.

b) Realizar todas las actuaciones posibles encaminadas a la eliminación de toda situación de violencia de género y machista, directa o indirecta, sobre las mujeres, y coadyuvar en la tramitación de las denuncias que se formulen.

c) Informar, sensibilizar y formar a la ciudadanía para prevenir y erradicar la violencia de género.

d) Promover la elaboración de estudios e investigaciones sobre la violencia contra las mujeres que permitan su prevención, detección, atención y erradicación.

e) Impulsar, coordinar, hacer seguimiento y evaluar los planes para combatir la violencia de género.

f) Atender de forma integral y continuada la problemática de las mujeres víctimas de malos tratos físicos y/o psíquicos, agresiones sexuales, abusos sexuales y acoso sexual, trata y cualquier otra situación que atente contra la libertad sexual de las mujeres, desde los diferentes enfoques profesionales.

g) Supervisar las actuaciones y funcionamiento de los centros en el ámbito de sus competencias, en colaboración con la Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales.

h) Dar apoyo técnico y administrativo a los diferentes órganos consultivos en materia de violencia contra las mujeres dependientes de la Conselleria.

i) Diseñar y hacer el seguimiento del modelo de intervención social y residencial de los centros de su área funcional, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales, y cooperar con otras administraciones al efecto.

j) Diseñar, implementar y supervisar los procedimientos de tramitación del recurso, gestionar la demanda y coordinar el acceso de las mujeres víctimas de la violencia de género y de sus hijos e hijas menores a los recursos en su ámbito funcional.

k) Proponer, diseñar y ejecutar acciones de evaluación de las actuaciones desarrolladas en el ámbito de sus competencias.

l) Realizar actuaciones orientadas a garantizar un adecuado nivel de satisfacción de las personas usuarias de los centros y de los servicios.

m) Asistir técnicamente a las entidades locales y organizaciones de iniciativa privada o social en la creación de centros y coadyuvar a su mejora permanente, sin perjuicio de las competencias y en colaboración y coordinación con la Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales.

n) Diseñar, implementar y coordinar los procedimientos y protocolos de acompañamiento, atención e intervención a los recursos disponibles en el área de prevención y atención a las víctimas de violencia sobre las mujeres, para conseguir los mismos estándares de calidad en la prestación de servicios, en coordinación con la Dirección General del Instituto Valenciano de Investigación, Formación y Calidad de los Servicios Sociales.

o) Tramitar, gestionar y hacer el seguimiento de subvenciones, conciertos de programas y servicios, convenios y ayudas, así como la coordinación y seguimiento de conciertos de centros de día o de ámbito residencial, cuyo objeto sea la atención de mujeres víctimas de violencia de género, en colaboración y sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema.

p) Disponer y organizar la recogida de datos estadísticos, especialmente los datos sobre la demanda de servicios y recursos disponibles.

q) Elaborar, emitir informes y proponer disposiciones, resoluciones, circulares e instrucciones en asuntos de su competencia.

r) Coordinar, técnicamente y funcionalmente, las actuaciones de las direcciones territoriales en materias de su competencia.

s) Las otras que, en el marco de su ámbito funcional, le encomiende la Dirección General.